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Posibilidad de rebajar la deuda mediante negociación de quitas

Actualizado: 20 sept 2023


Posibilidad de rebajar la deuda mediante negociación de quitas

Durante estos últimos años, la crisis económica ha sido el motivo principal por el cual muchas empresas se ven en la obligación de reestructurar las deudas que han contraído, siendo una de ellas la negociación de las deudas por quitas con los acreedores. Este tipo de operaciones se materializan fuera del contexto judicial y dentro del marco de la Ley de la Segunda Oportunidad, con el fin de garantizar la recuperación de la empresa y el cobro de una parte importante de la deuda. Dentro de este marco, el legislador español adecuó de manera sustancial las normas que rigen el procedimiento concursal gracias a un conjunto de medidas contenidas en el Decreto Ley 1/2015, estableciendo mecanismos a particulares y autónomos para sobreponerse de su precaria situación financiera, sin menoscabo a los derechos de cobro de sus acreedores.

 

Este artículo busca orientar como surge la posibilidad de disminuir las deudas contraídas a través de la negociación de quitas con el o los acreedores.

 

¿Pero qué son las Quitas?

Desde la perspectiva más general, una quita es un acuerdo o convenio por medio del cual el deudor pacta con sus acreedores cancelarles una parte de las deudas en un tiempo determinado a cambio de que éstos convengan en renunciar al cobro de una parte de ellas. De este modo, los acreedores garantizan el cobro de al menos una parte de las deudas a pesar de tener que renunciar al derecho de cobro en su totalidad. Cabe señalar que en este tipo de convenios no existe un criterio unánime o regla general que delimite el alcance de la disminución de las deudas, aún cuando por la práctica común pueden llegar hasta un 50% menos, ya que siempre estará definido por la situación de insolvencia del deudor, los cuales varían según sea el caso concreto y de la negociación a la que arriben las partes.



Ventajas para el acreedor. Si bien es cierto que los acreedores estarían renunciando a una parte de sus derechos a cobrar la totalidad de las acreencias que se le adeudan, sería más riesgoso no lograr una negociación de quitas, ya que pudiera obtener algunas ventajas como el cobro inmediato de la suma convenida o la recuperación progresiva de su dinero como consecuencia de la reestructuración del plazo para pagar.


Ventajas para el deudor. No cabe la menor duda de las ventajas que el procedimiento de negociación de quitas otorga al deudor, ya que no solamente podrá rebajar la deuda sino que también puede negociar los plazos de pago todo con el fin de adquirir nuevamente su capacidad de pago de las nuevas cantidades a las que se ha obligado y sin tener que paralizar su actividad comercial.

Por otra parte, con la Ley de la Segunda Oportunidad, no existen límites para establecer los porcentajes de negociación de quitas, siendo que en algunos casos se puede lograr hasta el 80%, y no como ocurría anteriormente que el límite era de hasta un 50%; lo miso ocurre con el tiempo permitido para los aplazamientos de las deudas, pudiendo arribar a los 10 años.

Efectos del plan de pago por convenio de negociación con Quitas.

Tal y como sucede en las declaraciones de concurso, la aceptación del acuerdo extrajudicial para el pago de las deudas en la negociación con quitas, priva a los acreedores de ejercer acciones para la ejecución individual en contra del patrimonio del deudor.

En igual sentido, se suspenderán aquellas acciones que estén en vías de ejecución, salvo el reclamo de deudas anteriores al convenio. Al ser un acuerdo firmado por todas las partes, será de obligatorio cumplimiento siempre que, tanto los acreedores como el deudor cumplan con las condiciones pactadas.

En todo caso, el incumplimiento de alguna de las cláusulas establecidas en la negociación de rebaja de deudas por quitas, procederá a realizar las acciones que tenga a bien por la vía judicial.


Finalizado el plazo para los pagos y cumplidas las condiciones convenidas, expirarán las obligaciones de pago, y en los casos donde se haya tramitado el concurso, se archivará la solicitud, pudiendo continuar con normalidad la actividad económica del deudor. En síntesis, la negociación de quitas producirá los efectos de reestructuración de la deuda, tanto en la cantidad a pagar finalmente como en los plazos para dar cumplimiento total a la obligación.




 

Gracias al profundo conocimiento de la Asociación AREC hemos conseguido en innumerables procesos quitas de elevado porcentaje que ha permitido que el deudor pudiera retomar su situación financiera.



 

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