Mediante el Real Decreto-ley 8/2020 del 17 de marzo, artículo 29, entró en vigencia la línea de avales del Estado. Esta cuenta con hasta 100.000 millones de euros y su propósito es brindar los medios que permitan facilitar la conservación del empleo y lidiar con el duro impacto económico que está dejando la crisis por la pandemia de Covid-19. Se ha estipulado que los avales se otorguen a la financiación que fuera concedida por las entidades financieras para hacer más fácil la obtención del crédito y la liquidez destinados a empresas y autónomos para que estos puedan compensar las grandes pérdidas económicas ocasionadas por la pandemia.
Las autorizaciones que han sido otorgadas mediante los Acuerdos de Consejo de Ministros son:
Autónomos y Pymes: 40.000 millones de euros
Otras empresas: 20..000 millones de euros
Será el ICO la entidad encargada de gestionar la línea de avales que el Estado ha dispuesto para las empresas y autónomos. Esto se hará a través de las entidades financieras que otorguen financiación al público mencionado con el fin de mitigar el impacto económico negativo recibido por el virus del Covid-19 y así poder mantenerse dentro de la línea de la productividad y conservar el empleo.
¿Para qué se otorga esta línea de préstamos?
El fin último de estos avales es poder mantener la actividad económica y hacer posible que tanto empresas como autónomos conserven su empleo. Por lo tanto, los destinos para los que serán otorgados son:
Pago de salarios
Gastos de suministros
Pago a proveedores que hayan quedado pendiente de liquidarse
Pago de alquileres de locales comerciales y oficinas
Necesidad de circulante y de otras relacionadas a la liquidez: derivadas de vencimiento de obligaciones tributarias o financieras
¿Cómo solicitar la línea de avales?
Las empresas y autónomos que quieran beneficiarse de estos préstamos tendrán que presentarse en cualquier entidad de crédito, de pago, de dinero electrónico o en un establecimiento financiero de crédito, que se encuentre suscrito al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para otorgar esta línea de avales.
Una vez hecha la solicitud, la entidad evaluará la concesión del préstamo en base a las condiciones y a los riesgos existentes.
Queda terminantemente prohibido que la entidad financiera condicione el otorgamiento del préstamo a la contratación por parte del cliente de uno de los servicios financieros que esta ofrece.
Operaciones que pueden recibir el aval.
Serán pasibles de beneficiarse con esta línea de avales los nuevos préstamos y demás formas de financiación, así como también renovaciones de operaciones que hayan sido brindadas a empresas y autónomos domiciliados en España por concepto de la crisis acarreada por el Covid-19, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
Operaciones y préstamos formalizados o renovados desde el día 18 de marzo de 2020 en adelante
No aplicar el importe recibido para cancelar o amortizar deudas que existieran de forma previa
No aplicar el beneficio en paraísos fiscales
Resultar viable y elegible para la normativa financiera y para la correspondiente a la UE de acuerdo a lo siguiente:
No encontrarse en situación de mora
No encontrarse sujeto a un procedimiento concursal (fecha: 17 de marzo de 2020)
No encontrarse en situación de crisis a fecha 31 de diciembre de 2019
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